Desarrollar plantaciones de aguacate y proyectos de electricidad a costa de las garantías fundamentales de la población chilena transgrede las leyes internacionales de derechos humanos, advierte un grupo de expertos de la ONU en esos derechos y recuerda al gobierno de Chile su obligación de garantizar el suministro de agua, destacando la importancia de cumplir con esta provisión en el marco de la pandemia de COVID-19.
Las plantaciones de aguacate y la producción de electricidad no deben colocarse antes que los derechos a la salud y al agua del pueblo chileno, dijo este jueves el relator especial sobre los derechos al agua y al saneamiento, refiriéndose específicamente al Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo, al sureste de Santiago, y al negocio de aguacate en la provincia de Valparaíso, al norte de la capital.
Léo Heller, respaldado por siete expertos más de la ONU en las garantías fundamentales, afirmó que el gobierno chileno “no cumple sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos si da prioridad a proyectos de desarrollo económico sobre los derechos humanos al agua y a la salud”.
Subrayó también que las empresas deberían abordar los efectos negativos de sus actividades sobre esos derechos.
“El gobierno tiene la obligación de garantizar un abastecimiento de agua suficiente para toda la gente”, recalcó Heller y agregó que los dos proyectos económicos en cuestión pueden poner en riesgo ese suministro, “lo que es particularmente preocupante durante la pandemia de COVID-19”.
EXPORTADOR DE AGUACATE
Chile es uno de los mayores exportadores de aguacate del mundo. Debido a la escasez extrema de agua, el gobierno declaró el año pasado el estado de “emergencia de agua” en Petorca, donde un aguacatero consume tres veces más agua que la cuota reservada para los residentes, y la provincia sufre desde el año pasado una escasez extrema del líquido.
Desde 2016, se han destinado para los residentes 50 litros diarios por persona. El agua es abastecida por medio de camiones cisterna no certificados, pero en ocasiones ha sido tan insalubre que ha provocado cuadros de diarrea infantil.
Tras recordar que ese suministro no es suficiente para cubrir las necesidades domésticas usuales durante una pandemia, recordó que el Ministerio de Salud de Chile recomienda el lavado de manos como una de las maneras más efectivas para prevenir la propagación del COVID-19.
Por lo mismo, agregó, “el gobierno debe garantizar un suministro de agua adecuado para todas las personas y tiene que asegurarse de que las empresas no socaven la capacidad del Estado para cumplir con sus obligaciones”.
INCREMENTO Y REVOCACIÓN
El 8 de abril de 2020, el Ministerio de Salud de Chile aprobó una resolución que incrementa la cuota a 100 litros diarios por persona en la Provincia de Petorca. Ocho días después, en una decisión que podría ser ilegal conforme al derecho internacional, revocó la medida.
Mientras tanto, sigue otorgando nuevos derechos de agua a empresas agrícolas y no ha logrado controlar el uso ilegal y excesivo de agua de las empresas aguacateras, apuntó el relator.
ESCASEZ DE AGUA Y CONTAMINACIÓN
Con respecto al Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo en la Cordillera de los Andes, que genera electricidad mediante el desvió de tres principales tributarios del Río Maipo, a través de 67 km de túneles, Heller dijo que no solo podría reducir la principal fuente de agua potable de los residentes de Santiago de Chile, sino que también podría agravar la contaminación del aire en la capital, dañando el “corredor verde” de la cuenca del Río Maipo que ha ayudado a compensar la contaminación.
El experto añadió que pese a que el gobierno ha investigado los daños ambientales, no se ha tomado ninguna medida para garantizar el derecho al agua de la población afectada por el megaproyecto, que empezaría a funcionar en diciembre próximo.
A la declaración de Léo Heller se sumaron Saad Alfarargi; relator especial sobre el derecho al desarrollo; David R. Boyd, relator especial sobre las obligaciones de derechos humanos y un medio ambiente saludable y sostenible; Michael Fakhri, relator especial sobre el derecho a la alimentación; Tlaleng Mofokeng, relatora especial sobre el derecho a la salud; Anita Ramasastry, Dante Pesce, Surya Deva, Elżbieta Karska y Githu Muigai, integrantes del Grupo de Trabajo sobre los derechos humanos y las empresas transnacionales.
Los relatores especiales forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y vigilancia del Consejo que se ocupan de situaciones de países concretos o de cuestiones temáticas en todas las partes del mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno.